Velocidad de la luz
La velocidad de la luz en el vacío (299.792.458 m/s, aproximadamente 300.000 km/s) es una constante física que se denota con la letra c y que, según la Teoría de la Relatividad, representa una velocidad inalcanzable para cualquier objeto.
El razonamiento se basa en que para incrementar la velocidad de este objeto es necesario proporcionarle una cierta cantidad de energía. Pero la Relatividad establece una equivalencia entre masa y energía, de forma que esta energía que se ha proporcionado aumenta la masa del objeto y, por lo tanto, un segundo incremento de velocidad igual al primero requiere una cantidad mayor de energía. Así, cada nuevo incremento de velocidad es más y más costoso hasta que se alcanza una velocidad tal que es imposible seguir aumentándola: la velocidad de la luz.
Si la velocidad de la luz es inalcanzable, los viajes interestelares se convierten en auténticas epopeyas que se alargan cientos y miles de años, extendiéndose a lo largo de generaciones enteras. En este marco, la existencia de un comercio y una política a nivel galáctico es, obviamente, imposible.
Sin embargo, la Space Opera se sustenta en este comercio y política, con viajes de estrella en estrella y luchas entre o contra malvados Imperios Galácticos...
Para salvar este problema, los autores de Space Opera, tratando de dar una mayor plausibilidad a sus relatos, inventaron conceptos tales como hiperespacio o ansible, que permiten el viaje y la comunicación a velocidades superlumínicas.
Otra forma de superar esto obstáculo es inventarse abiertamente alguna ridícula excusa, como en Futurama (1999) donde a lo largo de la serie se explica que la velocidad de la luz ha sido aumentada en el año 2208. Efectivamente, en el capítulo de la tercera temporada "La ruta de todo mal" se puede comprobar que la nave de Planet Expres viaja a 4.38×10l7 km/s sin necesidad de recurrir a cosas como el hiperespacio.
Velocidad: | Baja (Velocidades no comparables a c) | Alta (Velocidades superiores a un décimo de c) | Supralumínica (Velocidades superiores a c) |
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