Medio ambiente: Contaminantes orgánicos en aguas de consumo.

La contaminación del agua de consumo ha sido un tema preocupante para la humanidad desde tiempos inmemoriales.

De hecho, el intento de atajar los frecuentes y graves episodios de enfermedades generadas a través de aguas de mala calidad fue el inicio del estudio de la contaminación.

Por ello, en una primera etapa los esfuerzos se centraron en controlar la calidad microbiana del agua; posteriormente, a medida que los conocimientos y las exigencias de la población fueron aumentando, el estudio de los fenómenos de contaminación se amplió a la determinación de compuestos químicos.

Sin embargo, hasta hace relativamente pocos años, los compuestos químicos que se estudiaban eran en su mayoría de naturaleza inorgánica, era conocido de todos la existencia de compuestos tóxicos tales como cianuros, arsénico, mercurio, plomo... y la capacidad de análisis de los laboratorios químicos era suficiente para detectarlos.

Sin embargo, los compuestos orgánicos apenas eran considerados y sus limitaciones en la legislación eran muy pocas: se ceñían a un número muy escaso de sustancias o familias de compuestos.

Si el número de sustancias orgánicas conocidas es del orden de varios millones, mientras que el de inorgánicas se limita a poco más de un centenar de millares, cabría preguntarse por qué al hablar de contaminación no se consideraba a los compuestos orgánicos. ¿Sería porque ninguno tiene carácter tóxico? Lamentablemente, la respuesta no es esta.

Existen multitud de compuestos orgánicos altamente tóxicos, capaces de generar daños en los seres vivos en concentraciones muy bajas. En muchos casos los efectos dañinos los generan en concentraciones bastante inferiores a aquellas en que determinados metales u otro tipo de sustancias inorgánicas resultan nocivos. E

n este sentido cabe destacar, por ejemplo, los llamados Compuestos Orgánicos Persistentes (COPs) que reciben precisamente este nombre por el largo tiempo que permanecen en el ambiente sin sufrir alteraciones, por lo que su capacidad de bioacumulación y consiguiente aumento de concentración en la cadena trófica es altamente preocupante.

La tardanza en la comprobación de los efectos tóxicos de algunos compuestos orgánicos; la no previsión de la presencia de algunos de ellos -dado que no se vierten directamente al agua, sino que se forman en la misma a consecuencia de los procesos de tratamiento a que es sometida- y el hecho de que este tipo de sustancias sean tan numerosas, se presenten en general junto con otros compuestos semejantes (lo que dificulta su identificación y análisis individual) y su concentración en las aguas sea con frecuencia muy baja, se traducía en un cúmulo de dificultades para su determinación y cuantificación, en definitiva, para su toma en consideración.

Así, en nuestro país, la legislación vigente en 1990 establecía solamente parámetros globales de materia orgánica y seis grupos de familias de compuestos orgánicos (detergentes, fenoles, plaguicidas, aceites, organoclorados e hidrocarburos aromáticos policíclicos) y para alguna de ellas no llegaba a determinarse la concentración máxima admisible.

El progreso del conocimiento, tanto en los aspectos referentes a la toxicidad de este tipo de compuestos (muchos son carcinógenos, mutagénicos y/o teratogénicos) como en las causas de su presencia en las aguas; el incremento de prácticas tales como las fumigaciones agrícolas, que han introducido un incremento preocupante de agentes tóxicos tales como los pesticidas, unido al avance de las técnicas analíticas que permiten la detección de sustancias en concentraciones muy bajas, ha determinado la inclusión de exigencias cada vez más severas para el control de los contaminantes orgánicos en el agua.

Así, el nuevo Real Decreto del año 2003 que ha sustituido al de 1990, fija los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano y recoge varios parámetros a determinar referentes a compuestos orgánicos.

Merece destacarse que la EPA (Agencia Estadounidense de Medio Ambiente) que es uno de los principales referentes en materia ambiental, propone un listado de 57 compuestos orgánicos que sería interesante medir en aguas de consumo, entre ellos recoge 26 pesticidas específicos, 21 compuestos orgánicos volátiles, 7 productos de síntesis y 3 subproductos de tratamientos de aguas.

Nuestra legislación está aún lejos de alcanzar este nivel de control, y tampoco todos nuestros laboratorios poseen los medios técnicos necesarios para ello, sin embargo debemos concluir indicando que es ésta la línea a seguir. El nivel de exigencia en el conocimiento y control de compuestos orgánicos es cada vez mayor, las posibilidades de detección y análisis también se incrementan porque las técnicas a emplear se van generalizando y los costos decayendo.

Por todo ello, nos atrevemos a afirmar que en un futuro próximo asistiremos a un incremento de preocupación y atención al tema de la contaminación ocasionada por los compuestos orgánicos, los grandes desconocidos hasta hace relativamente pocos años.

 

 


Carmen Orozco
Antonio Pérez Serrano
Miembros del Departamento de Química de la EPS de la Universidad de Burgos
Artículo íntegro.

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